La medida busca habilitar a la Policía Federal y a la Gendarmería a “despejar los accesos y las vías de comunicación o de transporte” sin orden judicial frente a cortes de rutas nacionales o sujetas a jurisdicción federal. También habilita a que las jurisdicciones requieran del auxilio de esas fuerzas en determinados supuestos.
Expresaron que la norma amenaza derechos políticos al convertir el derecho democrático a la protesta como delito.
El juez Gustavo Pierretti consideró que la resolución del Ministerio de Seguridad no importa una limitación o amenaza a la libertad ambulatoria, y que en caso de que afecte el derecho a la libertad de expresión o de reunión, ello debería reclamarse a través de una acción de amparo.
Consideró que el habeas corpus colectivo y preventivo presentado por asociaciones de periodistas no era la vía idónea para realizar la pretensión, ya que correspondía una acción de amparo. Además, remitieron al causa a la Justicia Federal.
Lo resolvió el juez Sebastián Casanello. La medida exhorta al Ministerio de Seguridad a "adecuar la actuación de las fuerzas federales a los límites impuestos por nuestro Sistema Constitucional de Derecho".
Así lo dispuso el Ministerio de Seguridad Nacional de Patricia Bullrich mediante la Resolución 357/2025; la medida intenta capturar a las personas participantes de la manifestación el pasado 12 de marzo.